La “Guía para la Industria” de la FDA sigue autorizando las recargas con sabor a tabaco y mentolado, por considerarse menos atractivas para los jóvenes.

La ola de enfermedades bronco-respiratorias desatada el pasado verano en los Estados Unidos, y asociada indiciariamente al uso indiscriminado de cigarrillos electrónicos y e-liquids, activó todas las alarmas de la Food and Drugs Administration (FDA), que ya emitió una alerta sanitaria en septiembre de 2019, recomendando no comprar estos productos en la calle, no añadirles sustancias diferentes a las facilitadas por los fabricantes y no ser utilizados por menores ni embarazadas.

Así, se reportaron al menos 251 casos en 25 estados diferentes con enfermedades respiratorias graves, síntomas gastrointestinales y malestar constitucional. El 83% de los pacientes eran varones, con una media de edad de 19 años. La causa ambiental concurrente, aunque todavía no ha sido establecida como probada, puesto que no se ha encontrado el producto o la sustancia desencadenante de estas patologías, era el uso de cigarrillos electrónicos.

Como primera medida de choque, el Gobierno Federal de EEUU aprobó la Ley de 20 de diciembre de 2019 que modificó la Ley de alimentos, medicamentos y cosméticos, elevando la edad legal para comprar “productos del tabaco” de los 18 a los 21 años.

Y es que según una disposición reglamentaria del Gobierno de los EEUU de 10 de Mayo de 2016, todos los productos del tabaco están sometidos a la autoridad regulatoria de la FDA, incluyendo los cigarrillos electrónicos (sistemas de suministro de nicotina ENDS), cigarros, tabaco para pipas de agua (marguile), tabaco para pipa, geles de nicotina y disolventes, productos que anteriormente no estaban sujetos a la Ley Federal de Alimentos, medicamentos y cosméticos.

Con la llegada del 2020, la FDA ha dado una nueva vuelta de tuerca a las medidas de prevención, lanzando una “Guía para la industria” que establece un férreo control sobre todos aquellos productos del tabaco que se encuentren en el mercado a partir de 12 de mayo de 2020, particularmente sobre aquellos comercializados sin autorización previa, estableciendo tres grandes bloques de medidas:

  1. Prohibición de la venta de productos EDNS y cartuchos aromatizados, con la excepción hecha de los sabores a tabaco, menta y mentol.
    Esta es la medida más llamativa y de mayor trascendencia para la industria. Estadísticamente el público más joven consume e-liquids y tabaco para pipas de agua de sabores por “ser los que les gustan”.
    La FDA reconoce intentar buscar un cierto equilibrio entre la realidad del mercado y la protección de la salud, manteniendo los e-liquids de sabor a tabaco y mentolado por considerarlos menos atractivos para los jóvenes y catalogarlos como “producto puente” para aquellos adictos a la nicotina que intentan dejar de fumar.
  2. Exigir a todos los fabricantes y mayoristas de EDNS la adopción de medidas adecuadas para evitar el acceso de menores a sus productos.
    Así, entre otras medidas se va a imponer a los fabricantes y distribuidores la obligación de monitorear a los comerciantes minoristas para ver si cumplen la exigencia de verificación de edad de los compradores, se les va a pedir que fomenten la tecnología o protocolos de actuación que ayuden a verificar la edad de los compradores a la entrada de los establecimientos, y van a tener que establecer un canal directo de denuncia anónima sobre los incumplimientos de los comerciantes.
  3. Prohibir cualquier producto EDNS que esté dirigido a menores de edad o cuya comercialización pueda promover el uso de EDNS por parte de los menores de edad.
    Lo que va a suponer una especial vigilancia al e-comerce y a los lideres de opinión en las redes sociales (influencers) para evitar el comercio sin control, las campañas específicas y la publicidad encubierta.
    También se van a prohibir los etiquetados y presentaciones comerciales que imiten alimentos o bebidas (cajas de cereales, zumos, caramelos…) dado que se entiende que van dirigidos específicamente a captar el interés de los más jóvenes.

Desde Bezanilla Renedo Abogados &Asociados siempre celebramos la adopción de medidas encaminadas a preservar la salud de los ciudadanos, entendiendo que un mercado regulado siempre aporta seguridad jurídica a los productores y garantías de calidad a los consumidores.

Sin embargo, en el caso concreto, es posible que la FDA haya errado el diagnostico.

Y es que no parece una casualidad el incremento de la oferta de vapeadores low cost y la aparición de patologías entre los más jóvenes, público inmunológicamente más fuerte, pero con menos poder adquisitivo.

Soplan vientos de cambio para el sector en este 2020 y los controles y garantías sobre la calidad final de los productos de consumo, debe estar en el centro del debate.