Protocolo de atención al cliente telemático

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Servicios de la Sociedad de la información (LSSI-CE) y con el fin de optimizar la prestación de nuestros servicios jurídicos por medios tecnológicos, la dirección de Bezanilla Renedo Abogados instaura el siguiente Protocolo de Atención al Cliente Online:

 

1. Durante la vigencia del Estado de Alarma, todos los servicios profesionales del despacho se desarrollarán exclusivamente de manera telemática, con la salvedad de aquellas actuaciones expresamente autorizadas por el Consejo General del Poder Judicial en su acuerdo de 14 de marzo de 2020.

Al cese del Estado de Alarma por COVID-19, el despacho reinstaurará los servicios de asistencia presencial, resultando de aplicación el presente protocolo únicamente para las consultas y encargos online.

 

2. La prestación de los servicios telemáticos durante el estado de alarma, se realizará exclusivamente en Castellano y en Francés previa indicación del cliente, y siempre mediante contraprestación económica.

 

3. El desarrollo de las actuaciones profesionales presenciales durante el estado de Alarma, se ceñirá a las expresamente autorizadas por el Consejo General del Poder Judicial, siendo estas las asistencias al detenido, las declaraciones en el juzgado de guardia y todas las vistas con preso.

En su ejecución, los profesionales de Bezanilla Renedo Abogados respetaran rigurosamente el protocolo interno de seguridad sanitaria del despacho, así como las recomendaciones de actuación dictadas por el Consejo General de la Abogacía Española.

 

4. Las solicitudes de consulta telemática o encargo profesional serán tramitadas por riguroso orden de presentación.

La demanda de consultas o actuaciones de carácter urgente será evaluada por el departamento de administración del despacho, y en caso de entenderse oportunas llevaran aparejado un incremento del 30% sobre el precio ordinario del servicio en la facturación final.

El Despacho entiende que las asistencias al detenido, intervenciones policiales o declaraciones ante el juzgado de guardia son solicitudes de intervención profesional necesarias, y establece que tendrán preferencia frente a cualquier otra actuación quedando a su vez exentas de cualquier recargo sobre su precio ordinario.

Y es que la asistencia a los particulares es un principio fundacional irrenunciable del despacho.

 

5. A la recepción del formulario de solicitud de la actuación o servicio, el despacho le facilitará una hoja de encargo, un presupuesto estimado, la fecha y hora propuesta para su ejecución, así como toda la información contractual preceptiva de conformidad con los dispuesto en el artículo 10.1 d) LSSI-CE, que el cliente deberá devolver firmada y cumplimentada.

 

6. No se entenderá contratado ningún servicio ni se dará comienzo a la prestación del mismo sin la previa remisión de la correspondiente hoja de encargo profesional, así como la aceptación del presupuesto y la satisfacción de los derechos del servicio.

Las actuaciones asistenciales de carácter urgente (detenidos, juzgado de guardia, causas con preso) están inicialmente exentas de las obligaciones documentales señaladas en este apartado, siendo cumplimentadas a posteriori.

 

7. Como norma general, las consultas profesionales celebradas por vía telemática serán abonadas con carácter previo a su realización, debiendo ser abonadas por cualquiera de los canales habilitados por el despacho.

 

8. El despacho establece tres categorías de consultas telemáticas:

  • Consultas Generales
  • Consultas Especializadas
  • Consultas con examen de documentación

El despacho clasificara las consultas de conformidad con la información aportada en el formulario de solicitud, indicando expresamente la categoría asignada en la Hoja de Encargo remitida al cliente previa realización del servicio.

Constituirán consultas generales todas aquellas que versen sobre procesos judiciales, responsabilidades penales o administrativas por actuación personal o empresarial, así como las relativas a los procesos de creación o gestión de asociaciones.

Constituirán consultas especializadas todas aquellas relativas al proceso de creación o registro de productos, al régimen de importación u homologación de insumos, así como las relacionadas con la creación o desarrollo de explotaciones agrarias, centrales de compraventa o exportación de materias primas.

Constituirán consultas con examen de documentación aquellas que lleven aparejado el estudio o análisis de documentación contractual, técnica o judicial abundante o significativa para la correcta prestación del servicio. A estos efectos no se considera documentación aquella redactada por el cliente para la correcta solicitud del servicio o aquella que consista en citaciones o resoluciones judiciales.

Las consultas generales tendrán un precio de referencia de 100 €/hora más IVA, con un importe mínimo de 50 Euros en caso de no superar los 30min. de atención.

Las consultas especializadas tendrán un precio de referencia de 200 €/hora más iva, con un importe mínimo de 100 Euros en caso de no superar los 30min. de atención.

Las consultas con examen documental serán presupuestadas previa valoración de la extensión y la complejidad técnica de la información a examinar.

 

9. Las consultas profesionales de carácter telemático solo prestaran servicios de asesoría general o especializada, análisis de proyectos o mercado, planificación estratégica, resolución de dudas sobre procesos o contenidos jurídicos, así como todas aquellas de análoga naturaleza propias de un servicio de primera atención.

En ningún caso, el servicio de Consulta telemática incluirá la confección de documentos, el inicio de procedimientos administrativos o judiciales o la asunción de representación procesal o extraprocesal. Estas actuaciones, en caso de ser demandadas o resultar necesarias, serán objeto de un Encargo específico e independiente.

 

10. Al término de prestación del servicio jurídico telemático, se emitirá la factura final por el importe total de los conceptos facturados.

En el supuesto de que una consulta profesional haya derivado en un encargo de actuación especifico, se descontara el importe previamente abonado por la consulta de la facturación total del servicio.

11. El despacho dispone de medios y equipos para que varios abogados puedan atender de manera simultánea una misma consulta.

La multi atención será decidida por el departamento de administración siempre que se entienda necesaria, siguiendo criterios de complejidad o especialidad en el asunto a tratar, no llevando aparejado ningún coste adicional para el cliente.

Por el contrario, si la multi atención es solicitada expresamente por el cliente, se aplicara un incremento del 40% al precio ordinario del servicio.

En todo caso, el cliente será considerado uno, con independencia de que varias personas asistan al desarrollo de una misma consulta online.

 

12. El despacho no autoriza la grabación de las consultas telemáticas.

El despacho, con carácter general, no grabara la prestación de servicios telemáticos con la excepción de los supuestos de fiscalización de la calidad del servicio.

La grabación de servicios para auditar la calidad del servicio será previamente advertida al cliente y se realizará de manera anónima y agregada.

El despacho pone a disposición de todos sus clientes, previa solicitud y sin coste adicional, la opción de video-grabar las consultas. Los archivos serán remitidos al cliente tras la aceptación de las condiciones de cesión y propiedad intelectual.

 

13. Todos nuestros Partners disponen de códigos promocionales para sus clientes que cambian semanalmente. Los descuentos y beneficios asociados solo serán de aplicación para aquellos códigos en vigor y previa comprobación de autenticidad.

 

14. El Despacho manifiesta que todos sus profesionales están adheridos al Código Deontológico de la Abogacía Española.

 

15. Cancelaciones y devoluciones: Los clientes de Bezanilla Renedo Abogados que hayan contratado una consulta telemática, podrán cancelarla en el plazo de 3 días hábiles desde su formalización, siempre y cuando el servicio jurídico no haya sido prestado.

En este supuesto, el despacho restituirá al Cliente el importe de la formalización del servicio contratado y no prestado, por el mismo medio en que se hubiera abonado y en un plazo máximo de 7 días hábiles.